Arraigo social: Si has permanecido en España al menos 3 años, cuentas con un contrato de trabajo y acredites vínculos familiares con otros extranjeros residentes o presentes un informe de inserción social.
Tipo de autorización
Es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que se podrá conceder a ciudadanos extranjeros que se hallen en España y, o bien tengan vínculos familiares en España o estén integrados socialmente.
Requisitos
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Estancia mínima en España de 3 años, para que este requisito se cumpla las ausencias de España no pueden superar los 120 días.
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Tener vínculos familiares con otros extranjeros residentes o con españoles, o bien presentar un documento que acredite su integración emitido por la Comunidad Autónoma, en el territorio dónde tengas el domicilio social.
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Contar un contrato de trabajo firmado por el trabajador y empleador, para un período de tiempo mínimo de 1 año, también se admite la presentación de varios contratos en una misma ocupación, trabajando simultáneamente para más de un empleador, todos de duración mínima de 1 año y cuya suma debe representar una jornada semanal no inferior a 30 horas en total.
- Se puede eximir de la presentación del anterior contrato en el supuesto de que se acredite que se cuenta con medios económicos suficientes o que éstos derivan de una actividad por cuenta propia, y siempre que lo recomiende el informe de integración social que emita la Comunidad Autónoma.
Documentación exigible
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Se debe de presentar copia y original en el momento de presentar la solicitud.
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Impreso por duplicado. Se puede obtener en
Modelos Solicitudes Arraigo Social
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Copia completa del pasaporte, con vigencia mínima de 4 meses.
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Certificado de antecedentes penales expedido por las Autoridades del país en los que haya residido los 5 últimos años anteriores a su entrada en España.
- Documentación acreditativa de los medios de vida:
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- Contrato de trabajo con las características exigidas, firmado por el empleador y trabajador. También deben acompañarse los siguientes documentos:
- Copia del N.I.F. y, en su caso, de las escrituras de la empresa.
- Copia de la cualificación profesional legalmente exigida.
- Acreditación de que la empresa garantiza la solvencia necesaria, a través de: la declaración del IRPF, o del IVA, o del Impuesto de Sociedades o del informe de la vida laboral de la empresa (VILE).
- En caso de no presentar el contrato, podrán acreditarse los medios de vida si el informe municipal sobre la integración social del extranjero. En este caso, es necesario aportar:
- Documentación que acredite tener medios de vida suficientes para su manutención.
- En los casos que se pretenda realizar una actividad por cuenta propia:
- La relación de autorizaciones o licencias que se exijan para la instalación.
- Copia de la documentación que acredite la cualificación profesional legalmente exigida para el ejercicio para la profesión.
- Acreditación de que se cuenta con inversión económica suficiente, o compromiso de apoyo por parte de instituciones financieras u otras.
- Plan de empresa, con indicación prevista, su rentabilidad esperada, y en su caso, puestos de trabajo cuya creación se prevea.