Carta de Naturaleza
Esta forma de adquisición de la nacionalidad. Será otorgada por el Gobierno mediante Real Decreto, tras valorar las justificaciones excepcionales.
¿Quienes pueden solicitarla?
- El interesado, por sí mismo, siempre que sea mayor de 18 años o se encuentre emancipado.
- El mayor de 14 años asistido por su representante legal.
- El representante legal del menor de 14 años.
- El incapacitado por sí solo o el representante legal del incapacitado, dependiendo de lo que señale la sentencia de incapacitación.