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Carta de naturaleza

 

Carta de Naturaleza

Esta forma de adquisición de la nacionalidad. Será otorgada por el Gobierno mediante Real Decreto, tras valorar las justificaciones excepcionales.

¿Quienes pueden solicitarla?

  • El interesado, por sí mismo, siempre que sea mayor de 18 años o se encuentre emancipado.
  • El mayor de 14 años asistido por su representante legal.
  • El representante legal del menor de 14 años.
  • El incapacitado por sí solo o el representante legal del incapacitado, dependiendo de lo que señale la sentencia de incapacitación.