
1º Fase
Adaptación de los ficheros
El primer paso es identificar los ficheros con datos personales que estén siendo manejados por la empresa y que están sujetos a las disposiciones sobre protección de datos.
Una vez determinada la existencia efectiva de ficheros con datos de cáracter personales, el primer requisito es la notificación de los mismos ante el registro de la AEPD, tienen tres modalidades de presentación de la documentación: en papel, a tráves de Internet, y a tráves de Internet con certificado digital (firma electronica), en cualquier de los tres casos, las solicitiudes de inscripción de ficheros deberá de hacerse a tráves del formulario electronico de notificaciones telematicas a la AEPD (NOTA).