Arraigo laboral: Si has permanecido en España al menos dos años y puedes acreditar una relación laboral de duración no inferior a 6 meses.
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Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.
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No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
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No encontrarse, en su caso, dentro del plazo de compromiso de no retorno a España que el extranjero haya asumido al retornar voluntariamente a su país de origen.
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Haber permanecido con carácter continuado en España durante un periodo mínimo de 2 años. Se entiende permanencia continuada si las ausencias no han superado los 90 días en los 2 últimos años.
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Poder demostrar la existencia de relaciones laborales cuya duración no sea inferior a 6 meses.
Documentación exigible
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Con carácter general se deberán aportar copias de los documentos y exhibir los originales en el momento de presentar la solicitud
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Impreso de solicitud oficial
Tipo de Autorización
Es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que se podrá conceder a ciudadanos extranjeros que se hallen en España y hayan tenido relaciones laborales durante un mínimo de 6 meses.
Requisitos
Modelos de Solicitudes Arraigo Laboral
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Copia completa del pasaporte, título de viaje o cédula de inscripción con vigencia mínima de cuatro meses.
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Documentación acreditativa de la permanencia continuada en España durante un periodo mínimo de 2 años. La documentación que se aporte deberá contener los datos de identificación del solicitante, preferentemente debe haber sido emitida y/o registrada por una Administración Pública española.